Delito de financiamiento ilícito de partidos políticos en las campañas electorales del 2011 y 2016 han puesto en evidencia la existencia de ciertos hábitos y prácticas respecto al manejo de los fondos y aportes destinados a financiar las actividades de los partidos políticos.
Los cuales reflejan la existencia de una cultura proclive o favorable a la perpetración de ilegalidades o la subordinación de la actividad que desarrollan los partidos a sus financistas o sus líderes.
La situación del financiamiento y uso ilegal de recursos y aportes de los partidos políticos
Sin duda alguna, ello constituye una situación grave por las connotaciones e implicaciones que representa para la actuación de los partidos políticos.
Sin embargo, en el delito de financiamiento ilícito de partidos políticos, el problema no se reduce al aspecto electoral, sino que abarca a la cuestión referente al rol que desempeña el partido político como institución política.
Y la necesaria protección que se le debe otorgar a su patrimonio frente a las prácticas de apropiación y usurpación detectadas durante la última década.
El delito de financiamiento ilícito de partidos políticos, en otras palabras, no se trata únicamente de impedir infiltramiento de fondos ilegales en el contexto de una campaña electoral.
Si no también durante todo el lapso de vida partidaria donde se desarrollan las actividades cotidianas y permanentes del partido. Parte importante del problema es garantizar que el patrimonio del partido político.
Conformado por los aportes y donaciones no sea objeto de desviación ni de apropiación, de modo tal que se tutele el correcto uso de dichos fondos.
Así, pretender reducir la cuestión al aspecto meramente vinculado a las campañas electorales significaría dejar desprotegido al partido político, inerme a las maniobras que eventualmente puedan perpetrar sus propios líderes o militantes captados por las redes.
Provenientes ya sea de los grupos de poder o del crimen organizado, amenazas que a estas alturas sabemos bien que son tangibles y reales.
¿Sabías que?
Para el Delito de financiamiento ilícito partidos políticos, el principal índice o síntoma de la presencia del crimen organizado en el sistema político lo constituye la ausencia de una regulación legal para enfrentar la infiltración en el sistema político de recursos financieros provenientes del narcotráfico y del lavado de activos.
De acuerdo con ello, consideramos que los siguientes son los supuestos que deben ser sancionados por la legislación penal:
El empleo del partido u organización política como fuente de financiamiento particular.
Un ejemplo claro del delito de financiamiento ilícito partidos políticos, lo ocurrido durante el gobierno del presidente Ollanta Humala fue una situación sin duda aleccionadora, merced al ejercicio de la actividad política, la pareja presidencial recibió múltiples donaciones y aportes, ingresos que no fueron declarados ante las autoridades electorales.
Se puso en evidencia que los fondos que supuestamente debían financiar a las actividades políticas.
Terminaron siendo incorporados al patrimonio de la esposa del presidente de la República, bajo el argumento de que “eran fondos privados” y que, por lo tanto, no cabía señalamiento legal alguno respecto al uso privado de dichos fondos.
Otra situación que merece el interés del sistema punitivo es el caso del presunto establecimiento de un aporte forzoso de integrantes del partido “Fuerza Popular” quienes obligatoriamente deben entregar el 10 % de sus ingresos a su lideresa, la cual puede disponer de dichos fondos sin rendir cuentas a nadie.
En ambos casos, la organización y el sistema de recaudación o captación de aportes del partido político es instrumentalizado y puesto al servicio particular de los líderes políticos y sin que exista paralelamente la responsabilidad o el deber de los líderes de responder y dar cuentas del destino final de los fondos.
En la medida en que la Constitución Política reconoce en los partidos a agrupaciones que efectúan una importante labor.
Según lo descrito que configura el delito de financiamiento ilícito partidos políticos, lo descrito refleja la necesidad de impedir que los partidos políticos se conviertan en escuelas de entrenamiento de maniobras y subterfugios.
Mediante los cuales los líderes que aspiran a dirigir el Estado puedan poner en práctica diversas modalidades de aprovechamiento particular de recursos de las instituciones políticas.
La injerencia de las redes del crimen organizado y corrupción en el proceso político, con un doble objetivo:
- Usar al partido político como una “lavadora” de fondos obtenidos ilícitamente, y
- Para merced a dichos fondos ilegales comprar poder político mediante el Financiamiento ilícito partidos políticos de los candidatos a presidente de la República, al Congreso y a los gobiernos locales y regionales.
Según se reconoce, el principal índice o síntoma de la presencia del crimen organizado en el sistema político lo constituye la ausencia de una regulación legal para enfrentar la infiltración en el sistema político de recursos financieros provenientes del narcotráfico y del lavado de activos.
De ahí la peligrosidad de dicho infiltramiento, el cual puede socavar los esfuerzos del Estado de lucha contra el crimen y la preservación del orden público.
Por otro lado, no es menor el riesgo que representa el azote de la corrupción, la cual se pone de manifiesto en las diversas modalidades o estrategias que implementa a efectos de alcanzar su objetivo de infiltrarse en el sistema político:
Para el delito de Financiamiento ilícito partidos políticos, la entrega de dinero o bienes, así como la prestación de servicios, que se realizan en forma encubierta o ilícita.
A favor de un partido o candidato por una o más personas (natural, jurídica, nacional, extranjera o también autoridad o funcionario público) con el fin de obtener un beneficio posterior.
De todo esto se desprende que para poder hablar de corrupción en la recolección de fondos electorales, se debe en primer lugar determinar si la contribución es en sí ilícita, ya sea por la fuente de la cual proviene, por el monto de la misma, o bien por el fin con que se realiza.
Análisis
- En el delito de financiamiento y uso ilegal de recursos y aportes de los partidos políticos, el control penal debe preservar la legalidad de los aportes y donaciones a los partidos políticos y debe prevenir la posibilidad de un uso particular o apropiación de los mismos por parte de los líderes o dirigentes políticos y debe combatir todo uso inconstitucional de los mismos.
- El control del financiamiento no debe abarcar solamente a la etapa electoral sino también aquella en la cual los partidos realizan sus funciones y roles cotidianos. Por ello, el control penal debe abarcar tanto a las actividades permanentes de los partidos como a las que se desarrollan en las campañas electorales.
- Las diferentes prácticas que lesionan al principio democrático procuran el infiltramiento de fondos provenientes de actividades criminales, o destinar los fondos del partido a fines o usos delictivos o inconstitucionales, o establecer un sistema de evasión de las reglas electorales, tributarias y penales en el seno de la organización política.
- Dado la profusión de prácticas lesivas del rol constitucional de los partidos y de los casos de aprovechamiento y desviación de los aportes y donativos destinados al partido y, frente a la incapacidad de las normas administrativas para prevenir ello, se hace necesaria la intervención del poder punitivo estatal para asegurar la legalidad, transparencia y constitucionalidad de la recaudación y destino de los fondos y aportes de los partidos políticos.
- Los intereses y principios que deben ser asegurados mediante la instancia penal son los siguientes: la transparencia en la actividad política y competencia electoral, la igualdad en la competencia electoral, el control efectivo del origen, uso y destino de los fondos, aportes y donativos, la preservación del patrimonio del partido político, la dignidad y el decoro del cargo parlamentario, el rol de los partidos políticos como organizaciones formadoras y representativas de la voluntad popular y como canales de participación política.
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Gregorio
Acerca de mi: Gregorio Paico
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